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TEPJF anula la elección en Tlaquepaque; deberá repetirse

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La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación votó a favor de anular la elección en San Pedro Tlaquepaque, donde resultó ganadora la candidata de Movimiento Ciudadana, Citlalli Amaya.

Luego de que fueran desechados los últimos recursos de impugnación promovidos por Morena, cuyo candidato quedó en segundo lugar, el magistrado Felipe de la Mata promovió un proyecto de nulidad al considerar que el Cardenal Emérito de Guadalajara, Juan Sandoval Íñiguez, influyó en el electorado al difundir en sus redes sociales un posicionamiento considerado político.

La propuesta fue votada por cuatro sufragios a favor y tres en contra, consumando así la nulidad de los comicios y obligando a que se repita la jornada electoral en el municipio.

Fue a través de la red social Facebook donde Sandoval Íñiguez compartió un video emitiendo sus posturas respecto a diversos temas como lo es habitual en él; en el material hace referencia “una dictadura por parte del partido en el poder”, sin precisar a qué grupo político se refería.

De acuerdo a los magistrados que apoyaron el proyecto de nulidad, el Cardenal incurrió en violaciones al principio de laicidad y al artículo 130 constitucional, al considerar que compartió un mensaje con fines políticos, los cuales derivaron en desventaja en contra de los candidatos de Morena, específicamente de Alberto Maldonado, quien se postuló a la alcaldía de Tlaquepaque.

Quienes apoyaron la propuesta de repetir la elección tomaron en cuenta algunas consideraciones, tales como el hecho de que el Cardenal vive desde hace tiempo en Tlaquepaque, que el mensaje estuvo disponible durante el período de veda electoral y que la mayoría de los electores en el municipio profesan la religión católica.

Por su parte, los magistrados que votaron en contra de la anulación, consideraron que no existían elementos claros y suficientes que motivaran el proyecto, tomando en cuenta la libertad de expresión, el alcance del video en redes sociales, que el representante religioso no mencionó textualmente a partido alguno y que los datos de la religión que profesan los ciudadanos aptos para votar no está actualizado desde 2010, entre otras. Incluso, la magistrada Mónica Soto Fregoso hizo alusión a la violencia política y de género que sufren las mujeres en el ambiente político mexicano.

Por tanto, el municipio tendrá que llevar a cabo una elección extraordinaria y la toma de protesta de Citlalli Amaya como presidente municipal queda sin efecto.

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